º. El reconocimiento de viáticos y pasajes, así como los gastos operativos a que haya lugar, cuando la Comisión requiera su desplazamiento a las zonas de frontera, correrán por cuenta de cada una de las entidades indicadas en el artículo 3 del presente decreto.
Decreto 1212 de 1997 →Vigente
Artículo 5
El Reconocimiento De Viáticos Y Pasajes, Así Como Los Gastos Operativos A Que Haya Lugar, Cuando La Comisión Requiera Su Desplazamiento A Las Zonas De Frontera, Correrán Por Cuenta De Cada Una De Las Entidades Indicadas En El Artículo 3 Del Presente Decreto
Decreto 1212 de 1997 · por el cual se deroga el Decreto 3359 del 24 de octubre de 1986 y todas las demás normas que le sean contrarias y se crea una Comisión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.