Curso de capacitación para ascenso de los oficiales de Vigilancia. En desarrollo del Artículo 31 del Decreto 2338 de 1971, para ascender a los grados de capitán y Mayor de vigilancia se requiere adelantar y aprobar un curso de capacitación, con una duración de veinticuatro (24. semanas. La Dirección General de la Policía determinará mediante Resolución el plan de estudios correspondiente.
Decreto 2553 de 1975 →Vigente
Artículo 29
Curso De Capacitación Para Ascenso De Los Oficiales De Vigilancia
Decreto 2553 de 1975 · Por el cual se reglamenta el Decreto 2388 de 1971, reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.