Micelio

Artículo 1

º Las Tasas De Interés Previstas En Los Artículos 4º Y 5º Del Decreto 272 De 1986 Para Los Certificados De Ahorro De Valor Constante Que Expidan Las Corporaciones De Ahorro Y Vivienda Son Tasas Máximas

Decreto 967 de 1986 · por el cual se interviene la actividad de las Corporaciones de Ahorro y Vivienda.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las tasas de interés previstas en los artículos 4º y 5º del Decreto 272 de 1986 para los Certificados de Ahorro de Valor Constante que expidan las Corporaciones de Ahorro y Vivienda son tasas máximas. En consecuencia, las Corporaciones de Ahorro y Vivienda podrán pactar, al expedir tales documentos, tasas de interés inferiores a las señaladas en dichas disposiciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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