Micelio

Artículo 2

La Organización Del Ministerio De Agricultura Será La Siguiente: 1º

Decreto 1425 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Agricultura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La organización del Ministerio de Agricultura será la siguiente: 1º. Dirección y Ejecución. A. Despacho del Ministro. B. Secretaria General. C. Direccion

1.

Coordinación Ejecutiva.

2.

Zonas Agropecuarias

a)

Jefatura de Zona.

b)

Secciones de Zona. i. Secciones de Cultivos. ii. Secciones de Ganadería. iii. Secciones de Recursos Naturales. iv. Secciones de Extensión Agropecuaria. D. Rama Técnica. (1). Sección de Control de Productores Agropecuarios. a. División de investigaciones Agropecuarias. b. División de Cultivos,. (1). Sección de Fomento Agrícola. (2). Sección de Sanidad Vegetal.

c)

División de Ganadería. (1). Sección de Fomento Pecuario y Zootecnia. (2). Sección de Sanidad Pecuaria.

d)

División de recursos Naturales. 1. Sección de Aguas. 2. Sección de Suelos.

3.

Sección de Bosques.

4.

Sección de Caza y Pesca. e) División de Tierras. 1. Sección de Colonización y Baldíos. 2. Sección de Parcelación. i. Grupo de Estudios Técnicos. f) División de Extensión Agropecuaria. 1. Sección de Material de Divulgación. 2. Sección de Programas para Adultos. 3. Sección de Clubes y Mejoramiento del Hogar,. 4. Sección de Asistencia Indígena. E. Rama Administrativa. 1. Grupo de Compras

a)

División de Personal. 1. Sección de Reclutamiento y Adiestramiento. 2. Sección de Clasificación y Remuneración. 3. Sección de Registro y Control de Personal.

b)

División de Presupuesto. 1. Sección de Ejecución y Control de Presupuesto. 2. Sección de Costos. 3. Sección de Pagaduría. 4. Sección de Fondos Especiales.

c)

División de Servicios Generales. 1. Sección de Mecanografía. 2. Sección de Correspondencia y Archivo General. 3. Sección de Transportes. 4. Sección de Biblioteca y Fichero.

5.

Sección de Publicaciones.

6.

Sección de Mantenimiento.

7.

Secciona de Almacén. 2º. Entidades Asesoras y Coordinadoras. A. Consejo Nacional de Agricultura. B. Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación. 1. Sección de Organización y Métodos. 2. Sección de Planes y Estudios Especiales. 3. Sección de Estudios Regionales. C. Comité de Inversiones. D. Comité Técnico de la División de Investigaciones Agropecuarias. E. Oficina Jurídica. F. Comisión de Personal. G. Junta de Licitaciones. H. Comités de Coordinación. I. Comité de Archivo. J. Comité de Biblioteca.

Parágrafo

La colaboración de las entidades internacionales especializadas, internacionales como el Servicio Técnico Agrícola Colombiano- Americano (STACA), la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la Comisión Económica para la América Latina (CEPAL), y la Fundación Rockefeller, se regirá por los contratos o convenios celebrados o que se celebren entre dichas entidades y el Gobierno Nacional, sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 1º. de este Decreto. II- DE LA DIRECCIÓN DEL MINISTERIO

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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