Micelio

Artículo 2

º

Decreto 2652 de 2002 · por el cual se modifica el Decreto 1939 de 2001 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol podrá optar por mantener los recursos que le hayan sido trasladados por el Banco de la República con destino a los departamentos y municipios no productores de hidrocarburos, y los que en el futuro le sean trasladados en desarrollo de las disposiciones del artículo 1º del presente decreto, en el exterior, en subcuentas de carácter temporal, o invertirlos en Títulos de Deuda Pública Interna de la Nación del mercado primario denominados en dólares americanos, mientras se cumplen los requisitos para su utilización. Una vez cumplida la finalidad prevista en las normas vigentes para la utilización de los recursos de que trata el presente artículo, el remanente y los rendimientos de los mismos, si hubiere lugar a ellos, serán trasladados por Ecopetrol al Banco de la República con el fin de que ingresen a las subcuentas originales en el FAEP.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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