° Créase en el Regimiento de Caballería Cabal número 2, el segundo Escuadrón, con el siguiente personal: (Personal combatiente): Un Capitán. Un Teniente. Dos Subtenientes. Un Sargento primero. Cinco Sargentos segundos. Cinco Cabos primeros. Un Trompeta. Cinco Cabos segundos. Ciento doce saldados. (Personal de administración). Un Talabartero segundo. Un Armero segundo. Un Herrador segundo. Cuatro Asistentes.
Decreto 2101 de 1927 →Vigente
Artículo 1
Créase En El Regimiento De Caballería Cabal Número 2, El Segundo Escuadrón, Con El Siguiente Personal: (Personal Combatiente): Un Capitán
Decreto 2101 de 1927 · Por el cual se organiza el segundo Escuadrón de Caballería del Regimiento Cabal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.