Soporte Técnico. Para la aprobación de los proyectos de inversión de las entidades beneficiarias de los recursos a las que se les impone las medidas de que trata este capítulo, la secretaría técnica del OCAD Regional solicitará, una vez el proyecto se encuentre viabilizado y priorizado, al Departamento Nacional de Planeación o al Ministerio o al Departamento Administrativo líder del sector en el que se clasifique el proyecto de inversión o a la entidad que estos designen, un documento que constituirá un insumo para la toma de decisión por parte del órgano colegiado, el cual contendrá la posición técnica y jurídica de la entidad sobre la conveniencia, oportunidad o solidez técnica, financiera, y ambiental del proyecto de inversión. El soporte técnico deberá ser remitido a la Secretaría Técnica del respectivo OCAD Regional y cargado por ésta en la plataforma SUIFP SGR previo a la citación de la sesión del Órgano Colegiado de Administración y Decisión - OCAD Regional correspondiente. El plazo máximo para la emisión del soporte técnico del que trata el presente artículo será de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud.
Los miembros del órgano colegiado con fundamento en la validación integral de proyecto y de considerarlo pertinente, podrán solicitar a la Secretaría Técnica la realización de mesas de trabajo, previas a la sesión, entre la entidad que emitió el soporte y la que presentó el proyecto de inversión con el fin de que se subsanen los aspectos técnicos que presentan falencias o realizar las aclaraciones a que haya lugar. La Secretaría Técnica del OCAD coordinará las mesas de trabajo. Una vez realizada la mesa de trabajo y subsanadas las observaciones, la entidad que emitió el soporte técnico realizará los ajustes y deberá quedar cargado en la plataforma dispuesta para ello, previo a la sesión.