Si la obra fuere artística, y única, como un cuadro, un busto, un retrato, pinturas, dibujos, arquitecturas o esculturas, el depósito se hará formulando una relación de las mismas, a la que se acompañará una fotografía, que tratándose de arquitecturas y esculturas será de frente y laterales.
Para hacer el depósito de planos, croquis, mapas, fotografías y discos fonográficos se presentará al Registro nacional de propiedad intelectual una copia de los mismos.
Para los modelos y obras de arte o ciencia aplicadas a la industria, se presentará copia o fotografía del modelo o de la obra, más una relación escrita y detallada de los caracteres que no sea posible apreciar en la copia o fotografía.