Micelio

Artículo 1

Gastos Varios

Ley 127 de 1914 · que abre unos créditos adicionales al Presupuesto de gastos y concede al Gobierno una autorización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Abrese al Presupuesto de gastos de la vigencia en curso los siguientes créditos adicionales: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 18 Gastos varios. Artículo 204. Para atender a los gastos de material del Poder Judicial o del Ministerio Público en el Departamento del Tolima durante el segundo semestre del corriente año $ 720

Parágrafo

Para pagarle al Departamento del Tolima al valor de los arrendamientos de los locales de su propiedad ocupados por el Tribunal Superior, el Juzgado Superior, las Fiscalías del Tribunal y del Juzgado Superior, los Juzgados 1.º, 2.° y 3.° del Circuito de Ibagué y los Juzgados 1.° y 2.° del Circuito de Ambalema, a razón de $100 mensuales durante los años de 1910, 1911 y 1912, 1913 y 1914 6,000Parágrafo para pagar al Departamento de Boyacá el valor del arrendamiento de los locales de su propiedad ocupados por el Tribunal Superior (las dos Salas), los dos Juzgados Superiores, las Fiscalías de éstos y aquél y los Juzgados 1.°, 2., 3.° y 4.º del Circuito del Centro, a razón de $ 150 mensuales desde el 1.° de enero (de 1910, al 31 de diciembre de 1914 9,000 Suma $ 15,720

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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