° Los Magistrados de la Corte Electoral, el Registrador Nacional del Estado Civil el Secretario General y los Visitadores Nacionales acreditarán su filiación política y el hecho de no estar comprendidos dentro de las inhabilidad des establecidas por la ley mediante declaración jurada en el momento de tomar posesión del cargo, la cual quedará acreditada con la firma del acta de posesión. Los delegados del Registrador Nacional, los Registradores Distritales, los Municipales y les Auxiliares , así como los Delegados de los Registradores acreditarán su filiación política y el hecho de no encontrarse dentro de las in habilidad es establecidas por la ley, mediante declaración rendida ante una autoridad judicial cuya acta se remitirá con antelación al funcionario nominador.
Decreto 2450 de 1980 →Vigente
Artículo 2
Los Magistrados De La Corte Electoral, El Registrador Nacional Del Estado Civil El Secretario General Y Los Visitadores Nacionales Acreditarán Su Filiación Política Y El Hecho De No Estar Comprendidos Dentro De Las Inhabilidad Des Establecidas Por La Ley Mediante Declaración Jurada En El Momento De Tomar Posesión Del Cargo, La Cual Quedará Acreditada Con La Firma Del Acta De Posesión
Decreto 2450 de 1980 · Por el cual se reglamenta parcialmente la ley 28 de 1979
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.