Micelio

Artículo 13

Decreto 1616 de 2003 · por el cual se crea la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios “Colombia Telecomunicaciones S. A. E.S.P.”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aportes de la Nación. El aporte de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público a Colombia Telecomunicaciones S. A. E.S.P., al que se refiere el artículo anterior se encuentra representado en la habilitación que le confiere para participar en los negocios de telecomunicaciones conforme al presente decreto, incluido el aporte de licencias, permisos, y concesiones y cualquier otro título habilitante para la prestación de los servicios de telecomunicaciones que tenía la Empresa Nacional de Telecomunicaciones - Telecom en el momento de la entrada en vigencia del decreto mediante el cual el Gobierno Nacional ordenó su supresión y liquidación. El valor del aporte de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público es equivalente al monto de las acciones que se le asignen en el acto de protocolización de la constitución. CAPITULO IV Prestación del servicio, asignaciones y competencias

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1616 de 2003