Micelio

Artículo 14

Secretaría De Prensa

Decreto 3443 de 2010 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría de Prensa . Son funciones de la Secretaría de Prensa

1.

Divulgar oportunamente a los medios de comunicación las actividades del Presidente de la República y las decisiones del Gobierno Nacional.

2.

Coordinar las actividades necesarias para la divulgación de los actos en que participen el Presidente de la República, el Vicepresidente, los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, funcionarios de la Presidencia de la República y altos funcionarios del Estado.

3.

Organizar la participación de los medios de comunicación en los actos y viajes que realicen el Presidente de la República, el Vicepresidente, Ministros, Directores de Departamento Administrativo y los altos funcionarios del Estado.

4.

Realizar el seguimiento de la información emitida por las agencias de noticias y los diferentes medios de comunicación.

5.

Coordinar la edición y divulgación de las publicaciones que requiera la Presidencia de la República.

6.

Informar, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, a las representaciones diplomáticas y consulares de Colombia sobre los principales acontecimientos nacionales.

7.

Coordinar la divulgación de los asuntos relacionados con la Presidencia de la República, en los medios de comunicación impresa, electrónica, de radio y televisión.

8.

Las demás que correspondan con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3443 de 2010