Artículo octavo. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola, de Boavita (Boyacá) se distribuye la partida de treinta y ocho mil pesos ($ 38.000.00) apropiado en el Capítulo 94, artículo 1180 del Presupuesto Nacional vigente y cuya distribución se hará así: Sueldos en 12 meses, enero a diciembre: Mensual Total Director $ 300.00 3.600.00 Profesor de los Cursos Campesinos 280.00 3.490.00 Profesor-Habilitado 260.00 3.120.00 Mayordomo-Harramientero 120.00 1.440.00 Servicio doméstico 70.00 840.00 Sumas $ 1.040.00 12.480.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre De 3 empleados internos. (Director y 2 Profesores) a razón de $ 35.00 mensuales cada uno 105.00 1.050.00 De 25 alumnos becados .inter nos a razón de $ 35.00 mensuales cada uno 875.00 8.730.00 Del Mayordomo-Herramientero y del servicio doméstico 60.00 600.00 De 20 alumnos externos de restaurante, a razón de $ 0.50 diarios cada uno, en 24 días de cada mes 240.00 2.400.00 Sumas $ 75.00 150.00 Gastos, varios, febrero a noviembre: Para combustibles, lubricantes, drogas, útiles de escritorio, excursiones, deportes y material de enseñanza 60.00 600.00 Para construcciones, reparaciones locativas, compra der maquinaria y herramienta agrícola, animales de servicio, cría y explotación, jornales, abonos, insecticidas, fungicidas, Cursos Campesinos y demás gastos 1.197.00 11.970.00 Totales $ 1.257.00 38.000.00
Las partidas a que se refiere el presente Decreto serán giradas al Profesor-Habilitado de la Escuela.