Micelio

Artículo 6

Ley 48 de 1896 · Por la cual se fijan ciertos sueldos y se suprimen dos empleos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los términos anteriores quedan reformadas las Leyes 86 de 1886, 56 de

1887, 86 de 1890 y 112 de 1892.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 48 de 1896