Micelio

Artículo 2

Ley 140 de 1959 · Por la cual se incorpora a la red de carreteras nacionales unas vías de los Departamentos de Córdoba y Chocó

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al gobierno para apropiar las partidas, hacer los traslados y abrir los créditos necesarios para dar cumplimiento a la presente ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 140 de 1959