El artículo. 29, del Acuerdo número 038 le 1972 quedará así:
Artículo 29. Del Conseja Técnico.
El Consejo Técnico estará compuesto por:
El Ministro de Educación Nacional o su delegado, quien lo presidirá;
El Director del Instituto Colombiano de Pedagogía;
El Gerente del Fondo Colombiano de Investigaciones Científicas y Proyectos Especiales (Francisco José de Caldas) o su delegado;
El Gerente del Instituto Colombiano de Construcciones Escolares o su delegado;
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado;
El Jefe de la Oficina de Planeamiento del Ministerio de Educación o su delegado, y
Un representante de la Asociación Colombiana de Universidades.
El Rector de la Universidad y el Director del ICOLPE, tendrán voz en el Consejo pero no voto.