º Créase en la sección segunda del ferrocarril central del Norte, el puesto de Proveedor de la línea, quien se encargará de verificar todas las compras de los materiales que necesiten los Ingenieros para la distintas obras a su cargo, con una asignación de $ 180 mensuales, cuyas funciones serán reglamentadas por la Superintendencia de la Empresa. El Proveedor, como dependiente que es del Almacenista principal de la Empresa, otorgará fianza de manejo, en la forma establecida en la Resolución número 7, de fecha 23 de enero del corriente año, dictada por el Ministerio de Obras Públicas.
Decreto 970 de 1926 →Vigente
Artículo 1
Créase En La Sección Segunda Del Ferrocarril Central Del Norte, El Puesto De Proveedor De La Línea, Quien Se Encargará De Verificar Todas Las Compras De Los Materiales Que Necesiten Los Ingenieros Para La Distintas Obras A Su Cargo, Con Una Asignación De $ 180 Mensuales, Cuyas Funciones Serán Reglamentadas Por La Superintendencia De La Empresa
Decreto 970 de 1926 · Por el cual se crea un puesto en la sección segunda del ferrocarril Central del Norte, y se hace un nombramiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.