º Además de las causales previstas en el artículo 22 del Decreto 3803 de 1982, el término para revisar se suspenderá, en la vía gubernativa, durante el trámite de la impugnación contra la providencia que resuelve la solicitud de devolución.
Decreto 398 de 1983 →Vigente
Artículo 7
Además De Las Causales Previstas En El Artículo 22 Del Decreto 3803 De 1982, El Término Para Revisar Se Suspenderá, En La Vía Gubernativa, Durante El Trámite De La Impugnación Contra La Providencia Que Resuelve La Solicitud De Devolución
Decreto 398 de 1983 · Por el cual se aclaran y modifican algunas normas del Decreto legislativo 3803 de 1982 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.