Micelio

Artículo 1

Composición

Decreto 2011 de 1992 · por el cual se conforma el Consejo Nacional para la Descentralización.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Composición. El Consejo Nacional para la Descentralización, funcionará adscrito al Ministerio de Gobierno, con la siguiente composición

1.

El Ministro de Gobierno, o el Viceministro como su delegado, quien lo presidirá.

2.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su delegado.

3.

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.

4.

El Presidente de la Confederación Nacional de Gobernadores, o su suplente.

5.

El Presidente de la Federación Colombiana de Municipios, o su suplente.

Parágrafo

El Consejo Nacional para la Descentralización, a través del Ministro de Gobierno, podrá invitar a otros ministros, jefes de entidades públicas, gobernadores, alcaldes y representantes de los sectores público y privado, para efectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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