º . Adiciónase el inciso 5º al artículo 15 del Decreto 1737 de 1998 modificado por el artículo 7º del Decreto 2209 de 1998 y por el artículo 3º del Decreto 2445 de 2000, así: "El Secretario General, o quien haga sus veces, de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, podrá asignar teléfonos celulares con cargo a recursos del Tesoro Público a los empleados públicos de la Entidad, para el desarrollo de labores de investigación, control, fiscalización y de ejecución de operativos tendientes a optimizar la gestión en la administración y en el control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, y para garantizar la prestación eficiente del servicio público tributario, aduanero y cambiario de carácter esencial a cargo de la institución, de conformidad con lo establecido en el
del artículo 53 de la Ley 633 de 2000".