Artículo cuarto . El Secretario Administrativo al que corresponde el grado 18 de la escala de sueldos, responderá por conducto del Director General ante el Ministro y cumplirá las siguientes funciones
Preparación del presupuesto anual y vigilancia de las inversiones;
Coordinación entre el Ministerio y los demás Despachos Ejecutivos que tensan relación con desembolso de fondos y administración de personal;
Vigilancia y control del personal y prácticas administrativas del Ministerio;
Suministro de información contable y para la realización de los planes de fomento;
Preparación de los estimativos de costo, de los diferentes programas;
Vigilancia de la eficacia de la Proveeduría proporcionándole la colaboración que necesite.