° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 20 de mayo de 1993. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Comunicaciones, William Jaramillo Gómez.
Decreto 930 de 1993 →Vigente
Artículo 2
Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 930 de 1993 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 125 del 20 de noviembre de 1992 del Consejo Directivo Regional de Televisión de la Sociedad Canal Regional de Televisión de la Costa Atlántica Limitada, Telecaribe Ltda.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.