Micelio

Artículo 4

Ley 136 de 1959 · Por la cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto para la vigencia fiscal de 1959 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), y se da una autorización al Gobierno y al Banco de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional y el Banco de la República quedan autorizados para celebrar los contratos que sean necesarios en orden al cabal cumplimiento del convenio constitutivos del Banco Interamericano de DesarrolIo sobre bases análogas a las consagradas en la Ley 76 de 1946 para la adhesión de Colombia al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, y al Fondo Monetario Internacional

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 136 de 1959