Micelio

Artículo 2

Ley 559 de 2000 · Por medio de la cual se aprueba la Convención sobre prerrogativas e inmunidades del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina (Opanal), hecho en la ciudad de México, D. F., el veintitrés (23) de diciembre de mil novecientos sesenta y nueve (1969)

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, la "Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina (Opanal)", hecho en ciudad de México, Distrito Federal, el veintitrés (23) de diciembre de mil novecientos sesenta y nueve (1969), que por el artículo 1° de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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