º Con base en los nuevos recursos de que trata el articulo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Capitulo 33. Artículo 335-A. Para atender al pago de capital del Estado en la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, según Ley 46 de 1945, y contrato de 28 de noviembre de 1946 celebrado con el Banco de la República $ 10.000.000.00
Decreto 590 de 1947 →Vigente
Artículo 2
Con Base En Los Nuevos Recursos De Que Trata El Articulo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto Vigente: Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Capitulo 33
Decreto 590 de 1947 · por el cual se abre un crédito al Presupuesto vigente (Ministerio de Hacienda y Crédito Público).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.