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Artículo 51

- Limites A Las Facultades De Intervencion En Ejercicio De Las Facultades De Regulación Otorgadas En La Ley 35 De 1993, El Gobierno Nacional No Podrá Modificar Las Normas Relativas A La Estructura Del Sistema Financiero, La Constitución, Objeto Principal, Forma Societaria, Y Causales Y Condiciones De Disolución, Toma De Posesión Y Liquidación De Las Entidades Autorizadas Para Desarrollar Las Actividades Financieras, Inclusive Las Desarrolladas Por Entidades Financieras Cooperativas, Aseguradora Y De Las Demás Entidades Cuya Actividad Se Relacione Con El Manejo, Aprovechamiento E Inversión De Recursos Captados Del Público

Decreto 663 de 1993 · por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración

1 sentencia lo revisó
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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- LIMITES A LAS FACULTADES DE INTERVENCION En ejercicio de las facultades de regulación otorgadas en la Ley 35 de 1993, el Gobierno Nacional no podrá modificar las normas relativas a la estructura del sistema financiero, la constitución, objeto principal, forma societaria, y causales y condiciones de disolución, toma de posesión y liquidación de las entidades autorizadas para desarrollar las actividades financieras, inclusive las desarrolladas por entidades financieras cooperativas, aseguradora y de las demás entidades cuya actividad se relacione con el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del público. En la aplicación de este artículo, el Gobierno Nacional no podrá desconocer la naturaleza y principios propios de las entidades cooperativas autorizadas para desarrollar las actividades financiera, aseguradora, o cualesquiera actividades que se relacionen con el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del público sin perjuicio del cumplimiento de las normas de regulación prudencial que le sean aplicables a las entidades financieras y aseguradoras. Lo dispuesto en el presente artículo no obsta para que el Gobierno Nacional dicte disposiciones orientadas a regular la constitución de sociedades cuando durante dicha constitución o como paso previo a ella se efectúe una oferta pública de valores.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2000
    C-1370/00ConstitucionalidadINHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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