° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972: Presupuesto de Funcionamiento. Ministerio de Salud Pública. Contracréditos. Capítulo 231. Ministerio de Salud Pública. Programa 252. Atención médica. Subprograma 1. Administración. Servicios personales. 101-351-l03. Artículo 2321. Sueldos del personal de nómina $ 238.600 Programa. 253. Administración de campañas directas. Servicios personales. 101-356-103. Artículo 2457. Sueldos del personal de nómina 94.980 102-356-120. Artículo 2459. Prima Técnica 22.500 Transferencias. 205-356-430. Artículo 2460. Pensiones a enfermos de lepra 393.920 Suman los contracréditos $ 750.000 Créditos. Capítulo 231. Ministerio de Salud Pública. Programa 251. Dirección superior. Servicios personales. 102-111-120. Artículo 2305. Prima. Técnica Gastos generales. 152.908 105-111-201. Artículo 2306. Mantenimiento y aseguros 10.000 106-111-209. Artículo 2310. Servicios públicos 10.000 106-111-211. Artículo 2311. Materiales y suministros 30.000 Programa 252. Atención médica. Subprograma 1. Administración. Servicios personales. Programa 254. Saneamiento ambiental. Servicios personales. 102-355-120. Artículo 2473. Prima Técnica $ 62.212 Programa 255. Servicios administrativos. Gastos generales. 105-351-201. Artículo 2490. Mantenimiento y aseguros 34.000 106-351-207. Artículo 2493. Servicios de comunicaciones 30.000 106-351-211. Artículo 2495. Materiales y suministros 68.366 106-351-219. Artículo 2497. Gastos varios e imprevistos 40.000 Suman los créditos $ 750.000
Decreto 1472 de 1972 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1972: Presupuesto De Funcionamiento
Decreto 1472 de 1972 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972. (Ministerio de Salud Pública), por $ 750.000.00
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.