Micelio

Artículo 14

Ley 2453 de 2025 · por medio de la cual se establecen medidas para prevenir, atender, rechazar y sancionar la violencia contra las mujeres en política y hacer efectivo su derecho a la participación en todos los niveles.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

la Registraduría Nacional del Estado Civil, en su calidad de garante de la transparencia del proceso electoral, deberá promover el derecho de las mujeres a elegir y ser elegidas libres de toda forma de discriminación y violencia.

En tal sentido, la Registraduría deberá:

a)

Dar traslado oportunamente a las autoridades competentes de cualquier hecho de violencia contra mujeres en política durante los procesos electorales de los que se tenga conocimiento.

b)

Concurrir con el Consejo Nacional Electoral o quien haga sus veces en la consolidación del mecanismo que se defina para la identificación y registro de los casos de violencia contra las mu­jeres en política.

c)

Diseñar e implementar una política pedagógica sobre participa­ción ciudadana y política libre de violencia contra las mujeres.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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