º El programa de desembolsos para estos créditos será así: Hasta un máximo de US$ 50.000.000 para 1988, máximo US$ 75.000.000 para 1989 y máximo US$ 75.000.000 para 1990.
Decreto 233 de 1988 →Vigente
Artículo 3
El Programa De Desembolsos Para Estos Créditos Será Así: Hasta Un Máximo De Us$ 50
Decreto 233 de 1988 · por el cual se concede una autorizacion para gestionar emprestitos externo hasta por la suma de US$ 200.000.00 o su equivalente en otras monedas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.