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Artículo 4

Fomento Para La Creación Y El Fortalecimiento De Empresas Familiares

Ley 2495 de 2025 · por la cual se establecen incentivos para promover la creación de empresas familiares y se dictan otras disposiciones - sello hecho en familia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Foméntese la creación y el fortalecimiento de empresas familiares a través de capacitación técnica, financiación, asesoría legal y comercial, nacional e internacional, por parte de las autoridades competentes en materia de emprendimiento, con el propósito de promover la comercialización de sus productos en el mercado nacional e internacional, a través de ruedas de negocio, ferias de emprendimiento y demás eventos similares.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de iNNpulsa Colombia, o quien haga sus veces, como agencia de emprendimiento e innovación del Gobierno nacional, será la entidad encargada de definir los lineamientos y atención especializada en materia de fortalecimiento empresarial y garantizar en los territorios la realización de por lo menos una feria anual y/o rueda de negocio, dirigidas a la promoción de estos emprendimientos.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), ejecutarán dichos lineamientos para la creación y fortalecimiento de las empresas familiares en el marco de su competencia.

Parágrafo

Las empresas familiares que inicien su actividad económica principal a partir de la promulgación de la presente ley, quedarán exentas del pago de la matrícula mercantil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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