Foméntese la creación y el fortalecimiento de empresas familiares a través de capacitación técnica, financiación, asesoría legal y comercial, nacional e internacional, por parte de las autoridades competentes en materia de emprendimiento, con el propósito de promover la comercialización de sus productos en el mercado nacional e internacional, a través de ruedas de negocio, ferias de emprendimiento y demás eventos similares.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de iNNpulsa Colombia, o quien haga sus veces, como agencia de emprendimiento e innovación del Gobierno nacional, será la entidad encargada de definir los lineamientos y atención especializada en materia de fortalecimiento empresarial y garantizar en los territorios la realización de por lo menos una feria anual y/o rueda de negocio, dirigidas a la promoción de estos emprendimientos.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), ejecutarán dichos lineamientos para la creación y fortalecimiento de las empresas familiares en el marco de su competencia.
Las empresas familiares que inicien su actividad económica principal a partir de la promulgación de la presente ley, quedarán exentas del pago de la matrícula mercantil.