Micelio

Artículo 1

Decreto 1851 de 1955 · Por el cual se crea el "fondo de maquinaria" y se dictan otras disposicione

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Créase en las Penitenciarias, Cárceles de Distrito y Circuito, colonias penales, reclusiones de mujeres, reformatorios, centros de observación y reforma y demás instituciones similares, con cargo al Ministerio de Justicia, un fondo especial que se denominará "Fondo de Maquinaria", el cual se destinará exclusivamente, para la fundación y ampliación de Talleres, adquisición de maquinaria, repuestos y herramientas con destino a los mismos; adquisición de terrenos y mejoras de éstos cuando las necesidades agrícolas así lo requieran, y, en general, para todos aquellos gastos inherentes a la industrialización de los establecimientos carcelarios y de las instituciones de menores al cuidado de dicho Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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