Los días sábados no habrá servicio de zapadores, y se ocupará el Batallón, en la sesión de la mañana, en instrucciones y en ejercicios militares., para no olvidar los conocimientos ya adquiridos en la materia. El resto del día se dará á la tropa para el aseo.
Decreto 1115 de 1906 →Vigente
Artículo 17
Los Días Sábados No Habrá Servicio De Zapadores, Y Se Ocupará El Batallón, En La Sesión De La Mañana, En Instrucciones Y En Ejercicios Militares
Decreto 1115 de 1906 · Por el cual se reglamenta el servicio de zapadores en la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.