º. Los Bonos Forestales de la "Clase B" devengarán intereses del veinticuatro por ciento (24%) anual pagaderos por semestres vencidos contados a partir de la fecha de su emisión y tendrán un plazo de tres (3) años para su total amortización, la cual se realizará a su vencimiento.
Decreto 1533 de 1978 →Vigente
Artículo 5
Los Bonos Forestales De La "clase B" Devengarán Intereses Del Veinticuatro Por Ciento (24%) Anual Pagaderos Por Semestres Vencidos Contados A Partir De La Fecha De Su Emisión Y Tendrán Un Plazo De Tres (3) Años Para Su Total Amortización, La Cual Se Realizará A Su Vencimiento
Decreto 1533 de 1978 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 26 de 1977
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.