En armonía con lo dispuesto en el Decreto legislativo número 2315 de 1954, hácese la siguiente distribución parcial de la partida liquidada en el Capítulo 110, articulo 1145 del Presupuesto de Gastos vigente, "para pagar los aportes a la construcción de estadios, de acuerdo con el Decreto número 2315 de 1954, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado, en el año", así:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
CAPITULO 110.
Artículo 1145.
Gastos de Administración, Auxilios y otros.