°. El Jefe de la División de Radio y Televisión Nacional actuará por el conducto del Director del Ministerio para los efectos administrativos, y consultará directamente con el Ministro los asuntos relacionados con la actividad artística, informativa y cultural de sus dependencias.
Decreto 2256 de 1960 →Vigente
Artículo 6
El Jefe De La División De Radio Y Televisión Nacional Actuará Por El Conducto Del Director Del Ministerio Para Los Efectos Administrativos, Y Consultará Directamente Con El Ministro Los Asuntos Relacionados Con La Actividad Artística, Informativa Y Cultural De Sus Dependencias
Decreto 2256 de 1960 · Por medio del cual se determina el personal de planta del Ministerio de Comunicaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.