Micelio

Artículo 10

Decreto 1401 de 1999 · por el cual se desarrolla la estructura y funciones de la Superintendencia de la Economía Solidaria y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Oficina Asesora de Planeación . La Oficina Asesora de Planeación tendrá las siguientes funciones

1.

Coordinar con las diferentes dependencias de la Superintendencia, la elaboración del plan general institucional y realizar seguimiento a su ejecución.

2.

Elaborar y hacer permanente seguimiento de las actividades de planeación que adelanten las diferentes dependencias de la Superintendencia.

3.

Coordinar los proyectos de sistematización de la entidad.

4.

Velar por la seguridad confidencialidad de la información que se procesa en forma automatizada.

5.

Coordinar la elaboración y desarrollo de metodologías de planeación en coordinación con la Oficina de Planeación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y colaborar la capacitación correspondiente sobre el tema para el personal de la Superintendencia.

6.

Velar porque los proyectos de inversión pública de la Superintendencia surtan el trámite previsto en las normas.

7.

Realizar los índices e indicadores de eficiencia para la gestión.

8.

Dirigir y coordinar la preparación del anteproyecto del presupuesto anual de la Superintendencia.

9.

Coordinar con la Secretaría General de la Superintendencia la revisión de las solicitudes de créditos adicionales y de traslados presupuestales de la Superintendencia y someterlos a estudio por parte de la Dirección General del Presupuesto Nacional y del Departamento Nacional de Planeación, según el caso.

10.

Desarrollar y disponer un sistema de control presupuestal permanente al interior de la Superintendencia que permita calificar el cumplimiento de los planes de gasto, desde el punto de vista físico y financiero.

11.

Coordinar y evaluar el manejo y calidad de los sistemas de información de la Superintendencia; así como también la producción de información requerida internamente o por entidades externas a la Superintendencia y velar por su adecuado mantenimiento y su correspondiente plan de contingencias.

12.

Establecer normas mínimas de seguridad con el fin de proteger los recursos informáticos de la Superintendencia.

13.

Investigar y fomentar la utilización de nuevas metodologías informáticas, así como velar por la mejor utilización de los recursos informáticos de la entidad.

14.

Analizar, definir y liderar en forma permanente e intensiva la actualización y orientación tecnológica de la entidad, de acuerdo con los últimos avances y nuevos requerimientos en informática.

15.

Elaborar mecanismos de supervisión que contribuyan a lograr mayor eficiencia en la vigilancia de las entidades bajo el control de la Superintendencia de la Economía Solidaria.

16.

Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1401 de 1999