° Las entidades privadas con las cuales el Ministerio de Hacienda y Crédito Público contrate los servicios a que se refiere el artículo anterior, guardarán absoluta reserva acerca de las informaciones que se le suministren y en los contratos respectivos se incluirá una caución suficiente que garantice tal obligación.
Decreto 3281 de 1963 →Vigente
Artículo 2
Las Entidades Privadas Con Las Cuales El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Contrate Los Servicios A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Guardarán Absoluta Reserva Acerca De Las Informaciones Que Se Le Suministren Y En Los Contratos Respectivos Se Incluirá Una Caución Suficiente Que Garantice Tal Obligación
Decreto 3281 de 1963 · Por el cual se modifica el artículo 2º del Decreto 1651 de 1961
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.