Comité de Coordinación de Control Interno . Son funciones del Comité de Coordinación de Control Interno
Recomendar pautas para la determinación, implantación, adaptación, complementación y mejoramiento permanente del sistema de control interno del Departamento, de conformidad con las normas vigentes;
Estudiar y revisar la evaluación del cumplimiento de las metas y objetivos del Departamento, dentro de las políticas y planes, y recomendar las acciones necesarias;
Asesorar al Director del Departamento en la definición de planes estratégicos y en la evaluación del estado de cumplimiento de metas y objetivos allí propuestos;
Recomendar las prioridades para la adopción, adaptación, adecuado funcionamiento y optimización de los sistemas de información gerencial, estadístico, financiero, de planeación y de evaluación de procesos, así como para la utilización de indicadores de gestión generales;
Estudiar y revisar la evaluación al cumplimiento de los planes, sistemas de control y seguridad interna, y los resultados obtenidos por las dependencias del Departamento;
Revisar el listado de ejecución de los objetivos, políticas, planes, metas y funciones que correspondan a cada una de las dependencias del Departamento;
Coordinar con las dependencias del Departamento, el mejor cumplimiento de sus funciones y actividades;
Presentar a consideración del Director del Departamento propuestas de modificación a las normas sobre control interno vigentes en la Entidad;
Reglamentar el funcionamiento de los distintos subcomités de coordinación del sistema de control interno que se establezcan;
Las demás que le sean asignadas por la ley, los acuerdos y reglamentos.