Micelio

Artículo 12

Despacho Del Viceministro

Decreto 91 de 2010 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Despacho del Viceministro. Son funciones del Despacho del Viceministro, además de las que le señalan la Ley 489 de 1998, las siguientes

1.

Asesorar al Ministro en el diseño y la formulación de la política y planes de acción del Ministerio y asistirlo en las funciones de dirección, supervisión y control que le corresponden.

2.

Asesorar al Ministro en el desarrollo de las políticas, planes, programas y proyectos del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

3.

Orientar el desarrollo de las políticas, planes y programas tendientes a incrementar y facilitar el acceso de todos los habitantes del territorio nacional, a las tecnologías de la información y las comunicaciones y a sus beneficios.

4.

Coordinar la investigación y promoción del desarrollo en el sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

5.

Asistir al Ministro en sus relaciones con el Congreso de la República y vigilar el curso de los proyectos de ley relacionados con el ramo.

6.

Apoyar al Ministro en la orientación, coordinación y control de la ejecución de las funciones a cargo de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio.

7.

Velar por la aplicación del plan de desarrollo administrativo específico del área de su competencia.

8.

Coordinar la labor que realizan las Direcciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para que desarrollen sus funciones de manera complementaria.

9.

Dirigir y orientar la administración del sistema de información integral, con los datos, variables e indicadores relevantes, sobre el sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a cargo de la Oficina de Planeación e Información.

10.

Actuar como segunda instancia en los procesos llevados por el Ministerio dentro del marco legal vigente resueltos en dependencias bajo su cargo.

11.

Las demás que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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