Micelio

Artículo 2

Ley 35 de 1944 · Por la cual se provee a la liquidación del Presupuesto de Rentas y Apropiaciones de 1945, se autorizan unas operaciones financieras y se dictan otras disposiciones fiscales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Con el objeto de saldar el déficit fiscal que arroje la ejecución del Presupuesto ordinario a que se refiere el artículo anterior, autorízase al Gobierno Nacional para emitir documentos de deuda pública interna hasta por la cantidad de cincuenta millones de pesos ($ 50.000.000) en títulos nominativos o al portador, con un interés no mayor del seis por ciento (6%) anual y un plazo para su amortización gradual hasta de treinta (30) años.

Parágrafo 1

En monto efectivo de la emisión que se autoriza en este artículo, no podrá exceder de la diferencia entre el recaudo efectivo de las rentas ordinarias de 1945 y el valor del Presupuesto de gastos ordinarios para la misma vigencia fiscal.

Parágrafo 2

Autorízase al Gobierno para dictar las providencias que fueren necesarias a fin de asegurar la suscripción y colocación del empréstito en documentos de deuda pública interna de que trata este artículo, garantizar adecuadamente su servicio de amortización e intereses, y para celebrar operaciones de crédito interno o externo con el carácter de avances a corto plazo, renovables, para ser cubiertos con el producto de las emisiones de los mismos bonos y para celebrar con el Banco de la República las convenciones lo contratos necesarios a fin de obtener la unificación del servicio, intereses y amortización de la deuda interna nacional por concepto de emisiones de bonos o documentos de crédito destinados al equilibrio del Presupuesto en las vigenciad fiscales de 1942 a 1945, inclusive, prometiendo para ello los recursos especiales creados por la Ley 45 de 1942 , por el Decreto número 2233 de 1944 y los que por la presente Ley se arbitran.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 35 de 1944