Micelio

Artículo 3

Decreto 522 de 2003 · por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 788 de 2002 y el Estatuto Tributario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Documento equivalente a la factura en adquisiciones efectuadas por responsables del régimen común a personas naturales no comerciantes o inscritas en el régimen simplificado . El adquirente, responsable del régimen común que adquiera bienes o servicios de personas naturales no comerciantes o inscritas en el régimen simplificado, expedirá a su proveedor un documento equivalente a la factura con el lleno de los siguientes requisitos

a)

Apellidos, nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios;

b)

Apellidos, nombre y NIT de la persona natural beneficiaria del pago o abono;

c)

Número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva;

d)

Fecha de la operación;

e)

Concepto;

f)

Valor de la operación;

g)

Discriminación del impuesto asumido por el adquirente en la operación;

h)

Firma del vendedor en señal de aceptación del contenido del documento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 522 de 2003