Micelio

Artículo 62

Del Decreto, Legislativo Número 76 Del Corriente Año, En El Sentido De Que La Asignación Correspondiente Al Director Del Departamento De Investigaciones Agropecuarias Queda Sometida A Las Modalidades Señaladas En El Artículo Primero (1°) Del Decreto Legislativo Número 7 De 1958

Decreto 97 de 1958 · Sobre modalidades para la disposición de unos bienes nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto. Modifícase el artículo 62 del Decreto, legislativo número 76 del corriente año, en el sentido de que la asignación correspondiente al Director del Departamento de Investigaciones Agropecuarias queda sometida a las modalidades señaladas en el artículo primero (1°) del Decreto legislativo número 7 de 1958.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 97 de 1958