Ley 18700621 de 1870 · Por la cual se ausilia la navegacion por buques de vapor en el rio Carare
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art 4.° on la presente lei se publicará la lei XII, de 21 de octubre de 1869, del Estado soberano de Santander, autorizando al Presidente del Estado para conceder privilejio para navegar por vapor por el río Carare.
Dadá en Bogotá, a diéz i siete de junio de mil ochocientos setenta.
Bogotá, 21 de junio de 1870.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.