Micelio

Artículo 8

Ley 5 de 1964 · por la cual la Nación auxilia al Municipio de Florencia con ocasión de una calamidad pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Decláranse de utilidad pública los terrenos necesarios para el ensanche del área de población de Florencia y para el plan de vivienda que adelantará el Instituto de Crédito Territorial.

Parágrafo

El Concejo Municipal procederá a demarcar, por medio de acuerdo, el área urbana de la población.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 5 de 1964