Micelio

Artículo 77

Ley 11 de 1986 · por la cual se dicta el estatuto básico de la administración municipal y se ordena la participación de la comunidad en el manejo de los asuntos locales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el ejercicio de las facultades a que se refiere el artículo anterior, créase una Comisión Asesora integrada por:

a)

Los miembros de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado;

b)

Cuatro Senadores y cuatro Representantes elegidos, con sus correspondientes suplentes personales, por las respectivas Corporaciones, y en defecto de éstas, designados por sus Mesas Directivas; y

c)

Cuatro especialistas en la materia que designará el Gobierno Nacional. La Comisión conceptuará sobre los proyectos de decreto que el Gobierno someta a su estudio y elaborará las iniciativas que a su juicio contribuyan al mejor cumplimiento y desarrollo de las normas de la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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