ARTICULO 5°. Sustitúyase en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Nación la suma de UN BILLON DE PESOS MONEDA LEGAL ($1.000.000.000.000), de ingresos corrientes de la Nación por recursos del crédito interno. Sustitúyase en el presupuesto de gastos de inversión del Instituto Nacional de Vías la suma de $20.907.500.000 de recursos de la Nación por ingresos propios provenientes de los excedentes financieros generados en 1998, de conformindad con lo señalado en el documento CONPES 3044 del 17 de agosto de 1999. Así mismo, sustitúyase en los ingresos propios del Instituto Geográfico Agustín Codazzi la suma de $482.968.000 de recursos de capital por ingresos corrientes. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto Nacional, en uso de la facultad otorgada por el Decreto 568 de 1996 hará las correcciones a los recursos y a sus correspondientes códigos, los cuales son de carácter informativo.
Decreto 2168 de 1999 →Vigente
Artículo 5
Sustitúyase En El Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital De La Nación La Suma De Un Billon De Pesos Moneda Legal ($1
Decreto 2168 de 1999 · por el cual se liquida la Ley 529 del 29 de octubre de 1999 que decreta unas modificaciones en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y en la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1999
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.