Micelio

Artículo 1.6.1.13.2.47

Plazo Para El Pago De Declaraciones Tributarias Con Saldo A Pagar Inferior A Cuarenta Y Una (41) Unidades De Valor Tributario (Uvt)

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Plazo para el pago de declaraciones tributarias con saldo a pagar inferior a cuarenta y una (41) unidades de valor tributario (UVT). El plazo para el pago de las declaraciones tributarias que arrojen un saldo a pagar inferior a cuarenta y un (41) Unidades de Valor Tributario (UVT) ($1.739.000 valor año 2023) a la fecha de su presentación, vence el mismo día del plazo señalado para la presentación de la respectiva declaración, debiendo ser cancelado en una sola cuota.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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