°. El Jefe de los Depósitos del Ministerio de Educación llevará a las Direcciones cuenta del material docente remitido. En dichas cuentas debe constar la cantidad de cada uno de los elementos enviados, la calidad de los mismos y las especificaciones de los recibos del correspondiente transporte. También constará en tales cuentas la distribución del material que se haya hecho por las Direcciones de Educación entre las escuelas de su jurisdicción.
Decreto 1329 de 1936 →Vigente
Artículo 6
El Jefe De Los Depósitos Del Ministerio De Educación Llevará A Las Direcciones Cuenta Del Material Docente Remitido
Decreto 1329 de 1936 · Por el cual se reglamenta la distribución de útiles de enseñanza
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.