°. Reglas aplicables a la Supervisión de la Administración de Riesgos. La Superintendencia Financiera de Colombia vigilará la adecuada administración de los riesgos por parte del Icetex en sus operaciones financieras autorizadas, con sujeción a las reglas aplicables a dicha materia, sin perjuicio de que el Icetex, en cumplimiento de las mismas, presente a consideración de la Superintendencia Financiera de Colombia modelos propios que se ajusten a la naturaleza especial de su actividad financiera.
Para el desarrollo de modelos de otorgamiento, administración y gestión del riesgo de crédito en aquellos préstamos llevados a cabo con cargo a recursos captados del público y provenientes de operaciones financieras, el Icetex contará con un plazo no inferior a cinco (5) años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto; y para desarrollar y poner en marcha sus sistemas de información, contará con un plazo no inferior a tres (3) años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto. El Icetex realizará la constitución gradual de provisiones, de conformidad con un plan de transición aprobado por la Superintendencia Financiera de Colombia.