Ley 63 de 1936 · Por la cual se organizan los impuestos sobre la masa global hereditaria, asignaciones y donaciones, y se aclara el artículo 8° de la Ley 78 de 1935
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El impuesto sobre la masa global hereditaria se hará efectivo de acuerdo con la siguiente tarifa:
Parágrafo
En las sucesiones en que sean llamados a suceder hijos legítimos en número superior a cinco (5), la cuantía total del impuesto de que trata este artículo se disminuirá en un cinco por ciento (5 por 100) por cada hijo que exceda del número de cinco aquí señalado, pero sin que la rebaja total del gravamen por esta cama pueda pasar del veinticinco por ciento (25 por 100).
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.